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En adquisiciones Efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente.

Es el documento que deberan usar las empresas para acreditar la compra de un bien o servicio, y que debe generar cuando hace transacciones con un proveedor que no este obligado a expedir factura de venta o documento equivalente.

Soporte para uso de costos, deducciones o impuestos descontables,  por lo tanto las empresas deberán  solicitar por medio de un documento soporte con una numeración autorizada por la DIAN, cuando el vendedor o prestador del servicio no está obligado a facturar.

Por lo tanto en el portal de la DIAN en el  Sistema Informático Electrónico de  numeración  podrás solicitar los rangos de numeración para el documento soporte en adquisiciones con no obligados a emitir factura o documento equivalente. Como se indicó en el Comunicado No. 55 del 21 de julio de 2020, el cual informa que se hará exigible el requisito del numeral 5 del artículo 55 de la Resolución 42, a partir del 15 de agosto de 2.020.

¿Cuales son los requisitos?

Tal como lo indica la resolución 00042 de 2020, los requisitos son:

  • Estar denominado expresamente como documento soporte en adquisiciones efectuadas a no obligados a facturar.
  • Tener la fecha de la operación que debe corresponder a la fecha de generación del documento.
  • Contener los apellidos y nombre o razón social y Número de Identificación Tributaria (NIT) del vendedor o de quien presta el servicio. Tratándose de contratos suscritos con los no residentes fiscales en Colombia no inscritos en el Registro Único Tributario -RUT, el requisito del Número deIdentificación Tributaria NIT, se entenderá cumplido con la identificación otorgada en el país de origen del no residente.
  • Contener los apellidos y nombre o razón social y Número de Identificación Tributaria -NIT del adquiriente de los bienes y/o servicios.
  • Llevar el número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de documento soporte incluyendo el número, rango y vigencia autorizado por la DIAN. En relación con las especificaciones de la numeración del documento soporte, en adquisiciones efectuadas a proveedores no obligados a facturar, el adquiriente podrá indicar una numeración propia, hasta tanto DIAN ponga a disposición las citadas especificaciones, a través del servicio informático electrónico.
  • Tener la descripción específica del bien o del servicio prestado.
  • Detallar el valor total de la operación.
9 junio, 2021

Muy buen articulo, muy recomendable! Un cordial saludo.

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